Opinión: Los Montes de Utilidad …. Privada

Los Montes de Utilidad …. Privada

Josefina Gómez Mendoza
26 de febrero de 2013
Publicado en http://josefinagomezmendoza.com
Parece que les ha llegado la hora de la privatización a los montes, a la naturaleza en suma. La Comunidad de Castilla-La Mancha  está, por lo anunciado (y por lo denunciado), dispuesta a emprender la venta de los montes de utilidad pública (MUP) y ha encargado a su administración forestal que vaya seleccionando montes e incluido en presupuesto 45,6 millones de € de ingresos por ese concepto. No conocemos los criterios de esta selección. Sí, que la cuestión no es fácil porque los MUP son inalienables, imprescriptibles, e inembargables, como establece la Constitución en su artículo 132 y la ley de  montes de 2006 vigente. Y también sabemos que el Estado, a través de su administración forestal,  ha invertido mucho tiempo, mucho esfuerzo, mucho conocimiento y mucho dinero para conseguir que lo fueran y para hacer los Catálogos que los incluyen y los protegen.

La desamortización propiamente dicha fue un proceso que duró más de un siglo, de 1821 a 1925. Fue la ley general de desamortización de 1855, la conocida como ley Madoz, la que más afectó a los montes, sobre todo porque por primera vez incluía los bienes de propios y comunes de  los pueblos,  que se tenían que vender aun contra su voluntad. Pero la propia ley arbitraba una serie de mecanismos de excepción, entre ellos  la de aquellos montes que la Junta Consultiva de Montes considerara  oportuno exceptuar de la desamortización por razones de utilidad pública. En un informe que no sin razón se ha llamado luminoso, y que apareció antes de terminar el mismo año 1855, la Junta dictaminó que los bosques y otras superficies forestales que debían quedar en manos públicas, preferentemente del Estado, eran los que ejercían “influencias sobre la física del globo”, en otras palabras aquellos cuyas funciones, hoy diríamos ambientales, sobre el agua, el aire y el suelo eran lo bastante importantes como para que prevaleciera la protección sobre la producción.
Cuento esto para poner de manifiesto algo que le da cierta singularidad al proceso de privatización de la tierra en España, más tardío que en otros países europeos: es que desamortización y primera conservación de la naturaleza han sido a la par, han sido procesos paralelos y complementarios; a la vez que se mandaba vender, se cuidaba de exceptuar de la venta lo que tuviera interés general. De ahí surgieron  las primeras clasificaciones de montes exceptuados que con el  tiempo culminaron en el  Catálogo de Montes de Utilidad pública de 1901. Extraordinaria tarea, pienso yo que soy geógrafa,  la que hicieron los pocos ingenieros de montes de aquellos años que tuvieron que proteger unas superficies forestales de las que apenas sabían algo, por lo que tuvieron que proceder con criterios generales de especie y cabida, y comprobar después sobre el terreno. En 1901 quedaba  definido el MUP  como aquel formado por masas arboladas y terrenos forestales que por sus condiciones pudieran garantizar la salubridad pública, el mejor régimen de las aguas, la seguridad de los terrenos.  A lo largo del siglo XX el catálogo se ha ido corrigiendo y completando, añadiéndoseles a los MUP otras funciones, como la fijación de CO2, el mantenimiento del paisaje, de ecosistemas y  corredores ecológicos, de la red territorial de espacios naturales protegidos, recreo, etc.  El Catálogo se ha reconocido como una de las principales herramientas de defensa de la propiedad forestal pública. Su llevanza  ha sido transferida   a las Comunidades Autónomas y  en el caso de Castilla-La Mancha la actualización culminó a finales de 2007, con la catalogación de 918 Montes de Utilidad Pública que suman 814.325 ha, dos terceras partes de los cuales propiedad de las entidades locales.
En mi pertinaz e ingenua creencia en la gestión pública, lo que me sigue asombrando e indignando, es  la facilidad y la frivolidad con que las administraciones públicas hacen una cosa para deshacerla años después, y a la inversa. En este caso el indiscutible éxito de la gestión pública ambiental que supuso el establecimiento y catalogación de los MUP va a ser desmontado sin muchas consideraciones, en función del argumento, tan liviano como interesado,  que establece las ventajas genéricas de lo privado sobre lo público.  Y sin dar explicaciones, como si la elección democrática de una mayoría de gobierno justificara cualquier acción arbitrista de la que evidentemente no se había hablado en el programa electoral. Baste para probar que no tiene los mismos efectos la propiedad pública de los montes que la privada, aun cuando se reconozca el carácter protector de montes de particulares, que mientras el Catálogo de MUP ha sido escrupulosamente llevado desde hace más de un siglo, el que tenía que haber sido su equivalente de montes protectores de titularidad privada nunca ha llegado realmente a ver la luz.
La idea de una desamortización de los montes para luchar contra el déficit fue planteada hace tres años por un economista  y ex-ministro  de agricultura de los gobiernos de UCD. Razonando que el déficit aprieta y que las propiedades forestales en manos públicas o “muertas” no tienen utilidad y generan más gastos que  ingresos, se preguntaba por el sentido de mantenerles el carácter público siendo así que el Estado con anterioridad se había ido desprendiendo de sus propiedades industriales (siderurgias, navales, energía, aviación, etc.), financieras (banca oficial) inmobiliarias, y demás.  Estimaba  el autor incluso, con bastante desenvoltura, que se podrían vender entre 2,5 y 3,5 millones de hectáreas a un precio de 3.000 a 6.000 €/ha. Y se detenía en exponer cómo hacer alienable lo inalienable, empezando por el posible recurso a una pérdida de las circunstancias que dieron lugar a la condición de UP.
Al margen de que ya no se podría, tres años después, decir lo mismo de la banca -parte de la cual, como es sabido, ha ido de pública a privada, y de privada quebrada a pública- cabría preguntarse, como hace el Colegio de ingenieros de montes al prevenir contra la venta del patrimonio natural, ¿por qué entonces no vender también el patrimonio histórico-artístico? Si se sigue el razonamiento expuesto, si se han vendido las siderúrgicas ¿por qué no vender catedrales? También deben gastar más de lo que ingresan. Está  el pequeño detalle de que son de la Iglesia, y que esta no contribuye por su patrimonio, pero también muchos montes son  de los pueblos y esto no parece entrañar problemas para plantearse la venta. Y a lo mejor, no está de más recordar que en aquel siglo XIX de urgencias dinerarias se empezó por la desamortización eclesiástica, la de Mendizábal, antes de la civil.
Se  dice que se piensan empezar las ventas por cuatro MUP de Toledo: el Dehesón del Encinar de Oropesa al pie de Gredos, la Nava de Don Diego en los Navalucillos, muy cerca de Cabañeros, y Quinto de Don Pedro y Cardeñosa en los Yébenes. La sospecha se funda en el primer caso en que ha sido desmantelada  la granja experimental agropecuaria que mantenía la Junta de Comunidades con investigadores del INIA, y vendido todo el ganado; en los otros tres casos, en que en fecha reciente se ha suprimido su condición de refugios de fauna con las restricciones cinegéticas correspondientes: el decreto afirma que se ha constatado que la explotación forestal y cinegética son compatibles con la conservación del medio natural y de sus recursos. Los cuatro montes son además propiedad de la Junta, que en total tiene 17, resultado de la política de compras a los pueblos por parte del Patrimonio Forestal del Estado de los años 1960 y 1970. De modo que estaríamos ante un caso patente de esas políticas públicas de ir y venir que antes comentaba: se compró para mejorar y conservar, se vende para rentabilizar los recursos mejorados, en particular la caza. Porque es obvio, el valor económico de estos montes y de la mayor parte de los terrenos forestales de Toledo, y de Castilla la Mancha es sobre todo el de sus recursos cinegéticos, y como tales la Junta los está explotando. Por su parte, las funciones de carácter general que desempeñan son las  territoriales, ecológicas y paisajistas: albergan una rica diversidad de flora y fauna, sujetan el suelo, fijan el CO2 y constituyen paisajes culturales de enorme estima, el Dehesón, por ejemplo, como su nombre indica, es una espléndida dehesa.
Todo depende de las fincas, pero si nos atenemos a las señaladas,  puede haber bastante  interés de los grandes propietarios que las rodean por adquirirlas, sobre todo saneadas y mejoradas como están, bien comunicadas, y susceptibles de ser compradas en las actuales condiciones de mercado a precios bajos, si no de saldo. Hay en efecto otra cosa que comparten  los cuatro montes y que permite anticipar su futuro inmediato: los cuatro tienen en torno a las 700 ha, es decir por encima de las 500 ha establecidas como superficie mínima para un coto de caza mayor. Como además están bien comunicadas, cercanas a Madrid, no descartemos tampoco la posibilidad de que se construyan en su día urbanizaciones o viviendas aisladas, ambas de lujo.
Y a los mejor lo hacen en nombre de la sostenibilidad ambiental y de la conservación del paisaje. No sería el primer caso. Algunas Comunidades Autónomas nos tienen acostumbrados a esos escandalosos juegos de palabras. Baste citar la desvergonzada  -y posiblemente inconstitucional –  ley 5/2012 de 12 de diciembre que ha aprobado la vecina Comunidad de Madrid, que para mayor escarnio, se llama de Viviendas Rurales Sostenibles. Ni viviendas, ni rurales ni sobre todo sostenibles, y además un monumento a la incultura urbanística, geográfica y paisajística. Bien merece el apodo de ley ViRuS que se le ha dado por el acrónimo y por su carácter mórbido. Por si se extiende el virus  resumo su intención y contenido. Pretende dar cumplimiento con ella al derecho constitucional de los madrileños a vivir en contacto con la naturaleza y por ello se les permite construir una vivienda unifamiliar… eso sí siempre que tengan las seis hectáreas que se establece como unidad mínima, lo que me temo que deje fuera del mencionado derecho a la inmensa mayoría de los madrileños. Si por fortuna se poseen los 60.000 m2, la vivienda podrá ser de hasta 900 m2.
No voy a pormenorizar las livianas condiciones que se establecen, ni tampoco el posible vicio de inconstitucionalidad que supone sustraer a los ayuntamientos la competencia de la licencia en toda regla y convertirlos en meros legitimadores de hechos consumados. Ya lo hizo Eduardo Mangada hace unos meses en un artículo que expresivamente llamaba  “la casita asesina”. Lo que sí quiero es llamar la atención sobre el insulto a la inteligencia y al sentido común que supone llamar a semejante desafuero “rural y sostenible” cuando promueve la  edificación residencial dispersa, la más insostenible de todas, ya que además se hace sin limitación de infraestructura (viarias, energéticas, residuos, etc.)  siempre que corran a cargo del propietario. Y también quiero señalar lo que hiere mi sensibilidad profesional que se hable de que las nuevas edificaciones “respetarán el paisaje” simplemente porque al ser de una planta no deben causar demasiado impacto visual. Se hace así un uso del término puramente superficial y visual, sin pensar en el valor patrimonial de configuraciones rurales resultado de largas interacciones de los procesos naturales y humanos. El plan de privatización de  MUP y la ley de VRS son contrarios al Convenio europeo del Paisaje suscrito por España, a las leyes urbanísticas y  forestales vigentes, y en ciertos aspectos a la propia Constitución.
Josefina Gómez Mendoza
Catedrática emérita de Geografía y de las Reales Academias de la Historia y de la Ingeniería
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